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Con las fórmulas del Código Sustantivo del Trabajo, no con un aproximado. Ingresa tu salario y tus fechas: en un minuto sabes cuánto te corresponde.
Estimado de lo que te corresponde
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Se cuentan el día de ingreso y el día de retiro, con mes de 30 días.
Cálculo estimado con las fórmulas del CST. No constituye concepto jurídico. Si tenías comisiones, horas extras o recargos habituales, la base real es mayor y la cifra sube.
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