En Colombia a un trabajador se le puede despedir sin motivo, pero eso cuesta: hay que pagarle una indemnización, además de toda su liquidación. Si te despidieron y no te dieron una carta con hechos concretos, o los hechos que te imputaron no son ciertos ni se pueden probar, el despido es injusto y se debe indemnizar.
¿Esto es tu caso?
- Te dijeron «hasta aquí» sin explicación, o con una explicación vaga
- La carta de despido no dice hechos concretos, solo frases generales
- Te acusaron de algo que no hiciste o que no pueden probar
- Te presionaron para firmar una renuncia
- Te liquidaron pero no te pagaron indemnización
Si te reconociste en una sola de estas, vale la pena que lo revisemos.
El tiempo corre en tu contra
Tres años desde que terminó el contrato. Pasado ese tiempo el derecho existe pero ya no se puede cobrar ante un juez.
Art. 488 CST
Te responde una persona, no un robot. La primera valoración no tiene costo.
Tu ruta, paso a paso
Así se maneja normalmente un caso como el tuyo.
- 1
Calcular qué te deben
Antes de hablar con nadie, conviene saber la cifra. La liquidación son cesantías, intereses, prima y vacaciones. La indemnización es aparte: 30 días de salario por el primer año y 20 por cada año siguiente, si ganabas menos de 10 salarios mínimos. Puedes calcularlo aquí mismo en el liquidador.
- 2
Reclamar por escrito al empleador
Se radica una reclamación pidiendo el pago. Sirve para dos cosas: muchas empresas pagan ahí mismo para evitar el pleito, y además interrumpe el término de prescripción, que es lo que hace perder casos.
Días
- 3
Demandar ante el Juez Laboral
Si no pagan, se demanda. Se piden la liquidación, la indemnización, la sanción por no pagar a tiempo y los aportes a seguridad social que falten. El proceso laboral es por audiencias.
De uno a dos años, según el juzgado
Qué necesitas reunir
No hace falta tenerlo todo para escribirnos. Es lo que iremos pidiendo.
- Contrato de trabajo, si te dieron copia
- Carta de despido o de terminación
- Desprendibles de pago de los últimos doce meses
- Liquidación que te entregaron, si te dieron alguna
- Certificación laboral con fechas de ingreso y retiro
- Extractos bancarios donde se vea el pago del salario
- Mensajes o correos con tu jefe sobre el despido
Lo que NO debes hacer
Cada uno de estos errores le ha costado el caso a alguien.
- ×Firmar la liquidación con una frase de «paz y salvo» sin leerla. Complica reclamar después.
- ×Renunciar cuando en realidad te estaban despidiendo: se pierde la indemnización.
- ×Dejar pasar los tres años esperando que «se arregle por las buenas».
- ×No guardar los desprendibles de pago. Son la prueba del salario real.
- ×Aceptar que te paguen «por fuera» sin soporte. Después no se puede probar nada.
Ya sabes la ruta.
Ahora hablemos de tu caso.
Esta guía sirve para orientarte, pero tu caso tiene detalles que solo se ven con los documentos en la mano. Escríbenos y lo revisamos.
Escribir por WhatsAppO llama al 314 569 2806
Fundamento normativo
- Art. 64 CST — indemnización por despido sin justa causa
- Art. 62 CST — justas causas de terminación
- Art. 65 CST — sanción moratoria
- Art. 488 CST — prescripción de tres años
Esta guía es información general y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Cada situación tiene particularidades que solo se ven estudiando los documentos. Leerla no crea una relación abogado-cliente.